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El subsidio al empleo 2026 en México: un crédito pequeño con tres formas de calcularlo mal

El subsidio para el empleo es una de las cifras más pequeñas de un recibo de nómina mexicano y una de las más fáciles de calcular incorrectamente. Es un crédito federal que reduce el ISR retenido a los trabajadores de bajos ingresos, aplicado por el patrón en la fuente. Para 2026 vale, como máximo, alrededor de 536 pesos mensuales. Eso es lo bastante pequeño como para que nadie lo note cuando está bien y lo bastante pequeño como para que nadie lo verifique dos veces, que es precisamente la razón por la que un parámetro desactualizado aquí produce, en silencio, un salario neto incorrecto para cada trabajador afectado y un entero de ISR incorrecto para el patrón, mes tras mes, hasta que alguien concilia al cierre del año.

El decreto del 31 de diciembre de 2025 que fijó las cifras de 2026 hizo lo de siempre: elevó los montos para seguir el aumento del 13 por ciento del salario mínimo. También incorporó tres detalles que producen errores de cálculo cuando las cifras no se actualizan con exactitud. Permítame explicar qué es el subsidio, qué cambió y los tres puntos donde el cálculo se descompone.

Qué es el subsidio

Desde el rediseño de mayo de 2024, el subsidio para el empleo es un monto mensual fijo expresado como un porcentaje de la UMA mensual (la Unidad de Medida y Actualización), y no la antigua tabla por tramos vinculada al ingreso. El patrón lo calcula y lo acredita contra el ISR que de otro modo retendría al trabajador conforme al Artículo 96 de la Ley del ISR. Es automático en el sentido de que el patrón lo aplica en la fuente; es manual en el sentido de que el patrón es responsable de usar la tasa correcta, la UMA correcta y el límite de elegibilidad correcto. Si se equivoca en cualquiera de esos tres, la retención queda mal.

Qué cambió para 2026

El decreto del 31 de diciembre de 2025 modificó el decreto de subsidio de 2024 (según fue modificado previamente para 2025) con dos cambios principales, ambos impulsados por el aumento del 13 por ciento del salario mínimo de la CONASAMI, que elevó el mínimo diario de 278.80 a 315.04 pesos:

La tasa del subsidio subió del 13.8 por ciento al 15.02 por ciento de la UMA mensual. El umbral de elegibilidad de ingreso mensual subió de 10,171.00 a 11,492.66 pesos, un incremento del 13 por ciento que mantiene el límite alineado con el piso salarial. Con la UMA mensual de 2026 de 3,566.22 pesos, eso deja el subsidio mensual estándar en 3,566.22 por 15.02 por ciento, es decir, alrededor de 535.65 pesos.

Sencillo hasta aquí. Ahora, los tres puntos donde el cálculo se descompone.

Primer error: 2026 tiene dos tasas de subsidio, no una

La complicación es que la UMA no se reinicia el 1 de enero. El nuevo valor de la UMA entra en vigor el 1 de febrero. Así que para enero de 2026 el cálculo todavía usa la UMA mensual de 2025 de 3,439.46 pesos, y el decreto fija una tasa especial de enero del 15.59 por ciento para compensar. De febrero a diciembre es el 15.02 por ciento sobre la UMA de 2026 de 3,566.22.

Al correr ambos, enero da 3,439.46 por 15.59 por ciento, alrededor de 536.21 pesos, y de febrero a diciembre alrededor de 535.65 pesos. Los montos mensuales son casi idénticos, que es precisamente lo que hace fácil pasar por alto el error: aplicar la nueva UMA y la nueva tasa del 15.02 por ciento desde el 1 de enero produce una cifra de enero que se acerca lo suficiente para parecer correcta y sigue estando mal. La cifra correcta para enero usa tanto la tasa de enero como la UMA de 2025, y enero tiene que tratarse como su propio caso. Esto tampoco es una rareza de una sola vez; el desfase en la temporalidad de la UMA se repite cada año, de modo que la excepción de enero es una característica permanente del cálculo, no algo especial de 2026.

Segundo error: el umbral es un corte tajante

La elegibilidad es un límite, no una reducción gradual. Un trabajador que gana 11,492.66 pesos al mes recibe el subsidio completo. Un trabajador que gana 11,492.67 no recibe nada. No hay banda de eliminación progresiva.

En concreto: un trabajador con 11,000 pesos en marzo de 2026 obtiene el crédito de 535.65 pesos contra su ISR. Un trabajador con 11,600 obtiene cero. El corte tajante significa que la elegibilidad tiene que probarse sobre el ingreso correcto en cada período, contra el umbral vigente. Una nómina que todavía use el umbral de 2025 de 10,171 negaría erróneamente el subsidio a todos los que ganan entre 10,171 y 11,492.66, reteniendo ISR de más precisamente a los trabajadores de bajos ingresos a quienes el crédito busca ayudar. Esa es la versión más común del error: no una tasa equivocada, sino un umbral desactualizado que, en silencio, encoge la población elegible.

Tercer error: la periodicidad

El monto mensual es un máximo mensual. Para períodos de pago inferiores a un mes, el subsidio se prorratea por día y se limita a la cifra mensual, de modo que una corrida semanal o quincenal no puede acumularse más allá del tope mensual a lo largo del período. Para pagos en una sola exhibición que abarcan varios meses, el monto escala según el número de meses cubiertos. Ninguna regla es exótica, pero ambas exigen que el cálculo use la duración real del período en lugar de suponer un mes calendario, y el tope mensual tiene que sostenerse para que un prorrateo de período corto más un pago posterior en el mismo mes no lo rebasen.

Por qué esto requiere atención cada año, no solo una vez

El patrón en los tres es el mismo. Cada parámetro, la tasa, la UMA y el umbral, cambia según su propia cadencia anual, atada al salario mínimo y al calendario de la UMA, y la excepción de enero reaparece cada año porque la UMA siempre va un mes por detrás del calendario. Eso son tres insumos móviles y una excepción recurrente, sobre un crédito lo bastante pequeño como para que los errores no se anuncien solos. El problema realista no es un error de cálculo dramático; es una nómina que sigue aplicando la tasa del año pasado o el umbral del año pasado y produce una retención ligeramente incorrecta durante meses.

Flux almacena estos valores con sus fechas de vigencia y aplica la tasa, la UMA y el umbral en vigor para el mes de pago específico, incluido el tratamiento separado de enero, de modo que el subsidio acreditado contra el ISR de cada trabajador es el vigente en cada período. Hacerlo bien es cuestión de usar las cifras correctas para el período, y hacerlo de forma consistente en toda una plantilla es precisamente donde un enfoque manual se resbala.

Fuentes: Decreto por el que se modifica el diverso que otorga el subsidio para el empleo, DOF 31-12-2025, en vigor el 01-01-2026 (que modifica el decreto de subsidio del DOF 01-05-2024 y su modificación del 31-12-2024). Tasa del 15.02% de la UMA mensual (feb–dic), tasa especial de enero del 15.59% sobre la UMA de 2025 de MXN 3,439.46; UMA mensual de 2026 de MXN 3,566.22; umbral de ingreso de MXN 11,492.66/mes. Impulsado por el aumento del 13% del salario mínimo de la CONASAMI (diario de MXN 278.80 a 315.04). Acreditado contra el ISR conforme al Artículo 96 de la LISR. Las cifras son las del propio decreto.
Mehmood Deshmukh

Mehmood Deshmukh

CTO y Cofundador

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